16/09/2020
Correo electrónico:
pablo.simian@enjoy.cl
Estimados, Se sugiere para eventuales normativas en consulta que archivo a proporcionar sea en formato Word a fin de poder realizar correctamente las observaciones y que además sea notificado cuando exista normativa en consulta a las sociedades operadoras. Por su parte, y en relación con modificación de Catalogo de Juegos sobre capitulo VII de Torneos, se observa al igual que en propuesta de modificación de circular 37 la fecha de envío a vuestra Superintendencia (15 días previos a su realización) es tres veces mayor al actual. En atención al dinamismo de estos torneos y la flexibilidad de desarrollar estas instancias, se sugiere mantener el plazo de 5 días hábiles de notificación a vuestra Superintendencia. Por su parte, y en relación al punto 2.2.1 / Director subrogante / aclarar que su designación solo basta que se realice al momento del torneo y no previamente en las bases, toda vez que designar con tanto tiempo previo a un Director y su Suplente, por sistema de turnos no es viable, confirmando que exigencia solo aplica al momento de la realización del torneo y con sus firmas en las liquidaciones respectivas. Finalmente, y con el objeto de no interrumpir el normal desarrollo del juego, se sugiere no incluir el levantamiento del acta en caso de discrepancias, siendo suficiente el aviso y resguardo de imágenes de CCTV.
Saludos,
Pablo Simian F.
Saludos,
Pablo Simian F.