Superintendencia de Casinos de Juego

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Las principales funciones de la Superintendencia

  • Otorgar, denegar, renovar y revocar los permisos de operación de casinos de juego, como asimismo las licencias de juego y servicios anexos, de conformidad con las disposiciones de la presente ley.
  • Fiscalizar las actividades de los casinos de juego y sus sociedades operadoras, en los aspectos jurídicos, financieros, comerciales y contables, para el debido cumplimiento de las obligaciones que establece esta ley y sus reglamentos.
  • Fiscalizar el desarrollo de los juegos.
  • Convenir con otros organismos de la Administración del Estado o con entidades privadas debidamente acreditadas ante la Superintendencia, la realización de acciones específicas o la prestación de servicios que permitan complementar el ejercicio de sus atribuciones.
  • Homologar las máquinas e implementos de juego que podrán utilizarse en los casinos de juego, para cuyo efecto la Superintendencia mantendrá un registro actualizado.
  • Velar porque las sociedades operadoras fiscalizadas cumplan con las leyes y reglamentos que las rigen y con las instrucciones y demás órdenes que la Superintendencia emita, sin perjuicio de las facultades que pudieran corresponder a otros organismos fiscalizadores.
  • Requerir que las sociedades operadoras proporcionen al público, a través de los medios que la Superintendencia determine, la información estrictamente necesaria para conocer el funcionamiento de la industria, velando porque ésta sea suficiente, oportuna y veraz.
  • Elaborar y difundir índices, estadísticas y estudios relativos a las sociedades operadoras y a los casinos de juegos.
  • Atender las consultas del público y resolver los reclamos que se formulen en contra de un casino de juego o de una sociedad operadora.