Casinos
Proceso sancionatorio
La Superintendencia de Casinos de Juego inicia un proceso sancionatorio cuando detecta presuntas infracciones a la Ley N° 19.995 o a su normativa, ya sea a través de fiscalizaciones en terreno, revisión documental o bien por medio de denuncias o reclamos presentados ante el organismo, con la debida identificación del denunciante o de su representante.
| Fecha de Formulación | Sociedad Operadora | Cargos Formulados | Estado de Tramitación | Resultado | Estado de la Multa | Documentos |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 26 de Abril de 2012 | MARINA DEL SOL S.A. | Sanciona con 120 UTM por haber empleado en el juego Punto y Banca, en la modalidad Midi Punto y Banca, 8 barajas en circunstancias que la normativa vigente establece que deben usarse 6 barajas, lo que implicó que esa sociedad operadora alterara o modificara el desarrollo del referido juego, produciendo una modificación en las probabilidades del resultado del mismo. | Reclamada administrativamente el 8 de mayo de 2012. Resolución Exenta N° 279 rechaza reclamación. Recurrida judicialmente el 8 de junio de 2012 y notificada a la SCJ el 3 de agosto de 2012. Resolución: Pendiente. | Pendiente de pago. | ||
| 26 de Abril de 2012 | CASINO RINCONADA S.A. | Sanciona con 90 UTM por no haber completado de manera fidedigna y ajustada a la legalidad vigente, en forma reiterada y constante en el tiempo, los informes operacionales correspondientes a los meses de enero a julio de 2011, ambas fechas inclusive. | Reclamada administrativamente el 16 de mayo de 2012. Resolución Exenta N° 558 rechaza reclamación. | Pagada | ||
| 15 de Mayo de 2012 | CASINO TERMAS DE CHILLÁN S.A. | Sanciona con 90 UTM por no haber puesto en funcionamiento su casino de juego durante el día 9 de diciembre de 2011, al no realizar la apertura de sus mesas de juego entre las 20:00 y las 5:00 hrs y el bingo, entre las 20:00 y 2:00 hrs, por cuanto no llevó a cabo cuatro de las cinco categorías que necesariamente deben desarrollarse en dichos establecimientos, estando a disposición del público solamente las máquinas de azar. | Pendiente de Pago. | |||
| 10 de Diciembre de 2012 | CASINO RINCONADA S.A. | Sanciona con 90 UTM por no haber obtenido la autorización previa de esta Superintendencia para modificar el establecimiento en el que funciona su casino de juego y por haber explotado al interior del referido inmueble, un servicio que no se encuentra permitido en la normativa vigente, como lo es el servicio de recreación infantil y/o cuidado de menores de edad, denominado “Play & Kids”. | Pagada | |||
| 31/08/2012 | Rantrur S.A. | Oficio Ordinario N°1002: Por publicitar promoción no autorizada por esta Superintendencia. | Resolución Exenta N°52 del 6 de febrero de 2013: Impone sanción de 50 UTM. | Pagada | ||
| 03/09/2012 | Casino de Juegos Valdivia S.A. | Por no desarrollar la categoría dados durante los días 2,3 y 4 de abril de 2012. | Resolución Exenta N°42 del 25 de enero de 2013: Impone sanción de 45 UTM. Reclamada administrativamente el 7 de febrero de 2013. Resolución Exenta N°195 de 3 de mayo de 2013: Rechaza reclamación. | Pagada |